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lunes, 31 de enero de 2011

El precio del alquiler ha bajado un 3,1% en 2010 ¿Dónde se ubican las mejores ofertas?

El precio medio del alquiler bajó un 3,14% durante 2010. Pero este recorte no fue, ni mucho menos, uniforme a lo largo del territorio español. A esta conclusión, llega el Informe Anual de Precios del Alquiler elaborado por pisos.com en colaboración con la Sociedad Pública de Alquiler.
Los descensos más representativos se han dado en Castilla-La Mancha (-8,05%), Baleares (-6,61%), Canarias (-5,71%), Cataluña (-5,19%) y Navarra (-4,54%).
En el lado contrario de la tabla, los pisos suben en seis comunidades: en la Comunidad Valenciana (4,74%), Madrid (2,35%), Galicia (2,05%), Cantabria (0,41%), Castilla y León (0,39%) y Extremadura (0,11%).
Si se analiza la evolución de los alquileres de los últimos meses se aprecia que las rebajas aumentan, sobre todo, en el segundo semestre del año. Por ello, es interesante ver cómo se han comportado los alquileres durante el mes de diciembre.
Mapa actual de los precios del alquiler
El informe muestra que en diciembre la vivienda en alquiler en España tiene una renta media de 662 euros y una superficie media de 94 metros cuadrados, un 0,6% menos que en noviembre.
Las Comunidades Autónomas más caras son Madrid (1.036 €/mes), País Vasco (1.001 €/mes), Baleares (781 €/mes) y Cataluña (726€/mes), mientras que las más baratas son Extremadura (385 €/mes), Castilla y León (524 €/mes, Castilla-La Mancha (539 €/mes) y La Rioja (551€/mes).
¿Qué ciudades son las más caras y cuáles las más baratas?
El informe coloca a la cabeza de los alquileres a Madrid con 1.200 euros de mensualidad. Le siguen Donostia-San Sebastián (1.185 €/mes), Bilbao (1.063 €/mes), Barcelona (996 €/mes) y Pamplona (824 €/mes).
Quienes quieran gastarse menos en alquiler deben buscar piso en Cáceres, que con 439 euros de renta mensual se convierte en la capital de provincia más barata. Otras capitales que resultan económicas para los inquilinos serían Badajoz (473 €/mes), Lugo (480 €/mes), Zamora (501 €/mes) y Lleida (524 €/mes).


Fuente: expansion

viernes, 28 de enero de 2011

Fiscalidad del alquiler de un bien ganancial

He alquilado mi vivienda habitual en el año 2010 (el piso es un bien ganancial) pero en el contrato figuro yo como arrendadora. Mi pregunta es si los ingresos del alquiler tenemos que declararlos al 50% y qué deducciones como propietarios tenemos derecho por alquilar la vivienda (esta casa está situada en la Comunidad Autónoma de Galicia). 

El art. 11 de la Ley del IRPF dispone que los rendimientos del capital se atribuirán a los contribuyentes que, según lo previsto en el artículo 7 de la Ley 19/1991, del Impuesto sobre el Patrimonio, sean titulares de los elementos patrimoniales, bienes o derechos, de que provengan dichos rendimientos. Esta norma a su vez remite a las disposiciones en materia de régimen económico matrimonial. Por tanto, si en el caso planteado el inmueble en cuestión es de titularidad ganancial, los dos cónyuges deberán atribuirse los rendimientos que genere dicho inmueble por mitad cada uno de ellos.
En cuanto a los gastos deducibles de los rendimientos del capital inmobiliario, se admiten todos aquellos gastos necesarios para la obtención de los rendimientos (intereses y gastos de financiación, gastos de conservación y reparación), así como las cantidades destinadas a amortización. El importe total máximo a deducir por los intereses y demás gastos de financiación y conservación y reparación no podrá exceder de la cuantía de los rendimientos íntegros obtenidos. Sobre el rendimiento neto que resulte podrá aplicarse el 50% de reducción (60% en 2011) al tratarse de un inmueble destinado a vivienda. La reducción se eleva al 100% cuando el arrendatario tenga una edad comprendida entre 18 y 35 años (18 y 30 años para el 2011) y unos rendimientos del trabajo o de actividades económicas en el período impositivo superiores al indicador púbico de renta de efectos múltiples (IPREM 2010 y 2011 fijado en 7.455,14 euros).

Fuente: elmundo

jueves, 27 de enero de 2011

Aún es imposible desalojar en un plazo razonable a un inquilino moroso


el atasco en los juzgados pesa más que la ley

El atasco en los juzgados pesa más que la ley una cosa es la teoría y otra la práctica. los participantes del mercado inmobiliario alaban la ley del desahucio exprés, pero su puesta en práctica no está siendo posible por la saturación de los juzgados. en este sentido, algunos abogados señalan que en algunos casos se sigue tardando siete meses en poder recuperar la vivienda alquilada si el inquilino no paga, más que en la tramitación en el juzgado,  el retraso se genera a la hora de fijar la fecha de los desalojos de los inquilinos morosos, tarea que corresponde al servicio común de notificaciones y embargos y que no da abasto desde el inicio de la crisis. desde el plazo máximo que fija la ley, estipulado en 30 días, las actuaciones se dilatan hasta tres meses
Y eso sólo para conseguir echar al inquilino moroso del piso. Rrecuperar el dinero que debe es aún más largo y costoso que puede arrastrarse durante años y que no siempre tiene un final feliz



Fuente: idealista

miércoles, 26 de enero de 2011

El alquiler de oficinas aumenta en 2010 por la caída de precios

datos ofrecidos por aguirre newman
datos ofrecidos por aguirre newman

La caída de los precios de los alquileres de oficinas en las principales ciudades de España, 
Madrid y Barcelona, ha provocado un aumento del arrendamiento, según la consultora inmobiliaria Aguirre Newman. en concreto, en madrid la contratación de oficinas aumentó un 45% en 2010 en tasa interanual, mientras que en barcelona subió un 17%
En Madrid la contratación de oficinas aumentó hasta los 454.396 m2 durante 2010, un 45% más que en 2009. por lo que respecta a los nuevos proyectos, se han incorporado al mercado de oficinas de madrid 301.727 m², un 17% menos que en 2009,  que elevan el stock total de la ciudad hasta los 12.221.342  m². para este año 2011 se estima la incorporación al mercado de 216.000 m² de nueva superficie, de los cuales un 18% ya cuentan con usuario y el precio del alquiler se ajustó un 6,5% de media el año pasado. la bajada de precios más acusada se registró en edificios ubicados en las zonas más alejadas de la ciudad con una caída media de precios de un 7,6% en el último semestre. y la tasa de desocupación aumentó hasta el 10,5%
Para este año la consultora estima un ligero descenso de la contratación provocado principalmente por la continuidad de la incertidumbre económica. y en cuanto a las rentas, también seguirán cayendo tocante al mercado de Barcelona, la contratación alcanzó los 237.442 m2 en 2010, un 17% más que en 2009. las zonas descentralizadas más próximas a la ciudad son las que han tenido mayor protagonismo en este capítulo. está previsto un incremento de stock durante la totalidad de 2011 de únicamente 71.200 m², esto supondría la menor incorporación de nueva oferta desde 1997. además, y como ya ha pasado en 2010, gran parte de los nuevos proyectos que entrarán al mercado tanto para 2011 como para años posteriores ya tienen usuario comprometido
un dato fundamental para el mercado es el incremento de la tasa de desocupación que se ha situado a enero de 2011 en un 14,2% del stock total de la ciudad, cifra nunca registrada anteriormente. se trata de un dato que contrasta con el obtenido en el mercado de madrid y que constituye, a día de hoy, la gran diferencia entre ambos mercados
el estudio de aguirre newman también ha observado un descenso de los precios medios de alquiler en todas las zonas de barcelona, representando una caída media de un 3,9% en los últimos seis meses y de un 8% si consideramos los últimos doce. el descenso más acusado ha sido en las zonas más alejadas de la ciudad, alcanzando un descenso del 7,7% en el último semestre del año
para este año se estima que la contratación bruta en 2011 mejore ligeramente y se sitúe en torno a los 250.000 m². en cuanto a los precios, las previsiones estarán condicionadas por los datos de nueva oferta y sobre todo de disponibilidad, así como el comportamiento real de la demanda. los precios continuarán ajustándose, aunque de manera más suave y de forma menos generalizada


Fuente: idealista

martes, 25 de enero de 2011

Mudanza de electrodomésticos

Como hemos tratado en ocasiones anteriores, una mudanza requiere estar pendiente de muchas cosas y algunas, en particular, necesitan de un cuidado específico. En el siguiente reportaje, hacemos un repaso de los elementos que debes tener en cuenta a la hora de realizar el traslado de electrodomésticos en una mudanza, pues debes prestar especial atención tanto en el desplazamiento como en las precauciones necesarias para que su funcionamiento en destino sea correcto y no te encuentres con problemas añadidos.

Por todos es conocido que los electrodomésticos son elementos complicados de trasladar, no sólo por su volumen y tamaño, sino por las dificultades que presentan a la hora de guardarlos y protegerlos.

Si estás preparando tu mudanza, toma nota de los siguientes trucos que te pueden ayudar a la hora de realizar su desplazamiento:

- Los frigoríficos y los arcones-congeladores deben desconectarse 48 horas antes de su traslado para que puedan descongelarse y limpiarse, así que procura no tener demasiadas cosas en ellos ya que o se te estropearán o tendrás que dárselas a alguien para que las guarde mientras haces el traslado.

- Una vez que desembalas cualquiera de estos electrodomésticos conviene que esperes al menos una hora para instalarlo en el nuevo hogar, ya que el gas de refrigeración debe volver a asentarse después del traslado.
- En el caso del frigorífico, además de descongelarse completamente, es necesario desconectar y drenar las mangueras (siempre queda algo de líquido dentro, y en general no está muy limpio).

- Antes de embalar cualquier electrodoméstico debe limpiarse correctamente, para lo cual debe estar desconectado de la red eléctrica, el agua, el gas o cualquier otro elemento que necesite para su funcionamiento.

- Algunos deben desconectarse únicamente por profesionales cualificados, principalmente aquellos que se abastecen de gas.

- El mejor embalaje para aparatos electrónicos como equipos de música, ordenadores, vídeos, televisores, etc. es hacerlo en su embalaje original. Si no dispones de sus cajas, algo probable si ya ha pasado un tiempo desde su compra, hay dos opciones. Una es envolverlos en una manta consistente y trasladarlos con mucho cuidado, y otra envolverlos en plástico y meterlos en una caja reforzada y especial para objetos frágiles. No olvides poner FRÁGIL en su envoltorio para que se traslade con mayor cuidado que el resto de cajas.

- Para el traslado de televisores o pantallas de ordenador, lo mejor es envolverlos en una manta gorda y que sea lo último en meter en el camión y lo primero en sacar al llegar a la nueva vivienda.

- En el caso de la estufa o del horno grill o microondas, hay que evitar que queden residuos de grasa, que atrapen el polvo y la suciedad. La humedad también hay que procurar eliminarla. Tanto nevera como horno deben ir sin ningún tipo de bandeja interior. Todas las piezas pequeñas y sueltas deben ser empaquetadas por separado.









Fuente: fotocasa

lunes, 24 de enero de 2011

El fundador de facebook se pasa a un ‘modesto’ alquiler


Imagen de la nueva vivienda de Zuckberg

A sus 26 años, Mark Zuckerberg, el famoso fundador de la red social facebook, que está valorada en 50.000 millones de dólares, quiere mostrar que vive de manera modesta. Por eso Zuckerberg se ha mudado a una típica casa americana de 350 metros cuadrados.

Construida en 2002 la vivienda está situada en Palo Alto, California, y consta de cinco dormitorios y cuatro cuartos de baño.

Según publica la prensa norteamericana, Zuckerberg se ha decantado por esta vivienda ya que está a escasos metros de las oficinas centrales de Facebook, lo que permitirá al joven empresario desplazarse a su trabajo caminando en apenas unos minutos.


Fuente: fotocasa

viernes, 21 de enero de 2011

Consulta jurídica: retracto al inquilino de un inmueble subastado

Una semana más el bufete www.blanco-abogados.es especializado en derecho inmobiliario, nos presenta una consulta jurídica relacionada con el sector.

Consulta
 
Un arrendatario de local, con contrato inscrito y en vigor (anterior a la LAU 1994), ha sido notificado que el inmueble ha sido subastado públicamente por deudas del propietario.
Tras la subasta el local ha sido adjudicado a una tercera persona, de cuyos datos han sido notificado el arrendatario.
Lo cierto es que en su día ya le había sido notificado al arrendatario, la fecha y hora de la subasta, a la cual, sin embargo, no asistió. La cuestión es, ¿Podría ahora el arrendatario ejercer el derecho de retracto, aún no habiendo asistido a la subasta pudiendo haberlo hecho?



Solución:

La jurisprudencia y gran parte de la doctrina ha venido sosteniendo, no si ciertas discrepancias, que la transmisión forzosa de una finca no deja de ser una forma de venta que determina el derecho del arrendatario para ejercitar sus derechos de adquisición preferente. Otro sector, sin embargo entiende que este supuesto de "venta" restringe los derechos del arrendatario, pues los mismos corresponden únicamente cuando la transmisión obedezca a la voluntad del propietario. Lo cierto es que la primera tesis expuesta es la más acogida, incluso por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que indica que desde la perspectiva del postor que participa en la subasta y adquiere la finca ejecutada, su paralelismo con el comprador es innegable, porque voluntariamente decide adquirir la cosa a cambio de pagar por ella el precio correspondiente.
Respecto a cómo ha de ejercitarse este derecho, y dado que el contrato es anterior a la LAU de 1994, se aplicará el artículo 48.2 del TRALAU de 1964, y por tanto, el derecho caducará a los sesenta días naturales, contados desde el siguiente a la notificación que, en forma fehaciente, deberá hacer en todo caso el adquirente al inquilino o arrendatario de las condiciones esenciales en que se efectuó la transmisión, mediante entrega de copia de la escritura o documento en que fuere formalizada. En el caso de que el arrendatario hubiera asistido a la subasta o por otras circunstancias conociera los datos esenciales de la enajenación, el plazo deberá computarse a partir de la fecha en que tuvo lugar dicho conocimiento de la transmisión. Si el contrato se hubiese efectuado con posterioridad a la LAU de 1994 se regiría por su artículo 25 y según dispone el mismo: el derecho de retracto caducará a los treinta días naturales, contados desde el siguiente a la notificación que en forma fehaciente deberá hacer el adquirente al arrendatario de las condiciones esenciales en que se efectuó la compraventa, mediante entrega de copia de la escritura o documento en que fuere formalizada.

miércoles, 19 de enero de 2011

El precio del alquiler baja, pero poco

Aunque los descensos suponen la tónica general, el precio de la vivienda en alquiler
en 2010 en españa se comportó de manera dispar en los principales mercados
inmobiliarios: el 68% de las capitales analizadas bajan de precio y el 32%
experimentan incrementos.
Lleida sufre la caída más pronunciada y la única de dos dígitos (-18,3%). menores
son las bajadas de precio en albacete (-6,9%) y castellón de la plana (-5,5%)
por el contrario badajoz marca la subida más alta (5,3%), seguida de los
incrementos de tarragona (3,7%) y de cáceres (2,4%)
En Barcelona los propietarios rebajaron sus expectativas un 1,7% mientras que la
bajada en Madrid fue del 0,3%. en Zaragoza la caída fue del 4,4% y en Sevilla del
4,1%. por el contrario, los precios subieron en la capital vizcaína: Bilbao
experimentó un incremento del 0,2% en sus rentas mensuales durante 2010
Madrid se consolida como la ciudad con los alquileres más caros de España, 12
euros/m2 al mes, seguida por Barcelona, con 11,9 euros/m2 al mes. sólo una capital
más registra un precio mensual superior a los diez euros por metro cuadrado:
Bilbao. Los propietarios bilbaínos piden una renta media de 11,3 euros/m2
Cáceres es la capital de las analizadas por idealista.com con los precios más
económicos, con 4,6 euros/m2. le sigue castellón de la plana con 4,7 euros/m2 y
ávila (5 euros/m2)
En la preparación del informe de precios se tomó una muestra de 34.949 viviendas
en alquiler que están o estuvieron anunciadas en su base de datos durante el
periodo de análisis (entre diciembre de 2009 y diciembre de 2010)
 
Todo el informe de idealista en:
http://www.idealista.com/pagina/informes-precio-vivienda

martes, 18 de enero de 2011

Nuevas tarifas de luz y gas para 2011

Ya son una realidad. Las nuevas tarifas para la luz y el gas comenzarán a notarse en nuestros bolsillos a partir de este mes de enero. Según los cálculos del gobierno, cada hogar verá aumentada una media de 3,2 euros la factura de la luz, mientras que la del gas, subirá entre 0,56 y 1,66 euros mensuales, en función del tipo de tarifa a la que esté adherida cada vivienda.

 
Desde el pasado 1 de enero la Tarifa Eléctrica de Último Recurso de la luz ha subido una media del 9,8% para 17 millones de hogares, lo que representa un aumento de 3,2 euros mensuales para un hogar tipo medio.

Esta revisión es resultado de la subasta CESUR celebrada el pasado mes de diciembre, mediante la que se determina el coste de la energía en función de su evolución en el mercado.

Una vez celebrada la subasta y tras aplicar la fórmula establecida en la normativa para determinar el precio de la parte de la energía, la TUR sin discriminación horaria subirá el 9,98%, mientras que la TUR con discriminación horaria subirá el 7,57%.


 
Según ha informado el Gobierno, el coste de la energía se ha visto afectado por la evolución al alza del coste de los combustibles fósiles utilizados para generar electricidad y por el efecto estacional de los meses de invierno, en los que el consumo de los hogares se dispara en las horas del día en las que el precio de la electricidad es más caro.


Bono Social
La subida de la luz no se aplicará a los beneficiarios del Bono Social creado por el Gobierno, puesto que se ha decidido congelar los precios para este colectivo hasta el año 2013.

Pueden acogerse al Bono Social los consumidores con una potencia contratada inferior a 3 KW en su primera vivienda, los pensionistas que perciban pensiones mínimas, las familias numerosas y los hogares que tengan todos sus miembros en situación de desempleo.

Gas natural
 

Las nuevas tarifas de gas natural para 2011 representan un aumento medio del 3,9%. En concreto, en el caso del gas, al existir dos tipos de tarifas el cálculo se debe hacer de forma diferenciada según cada caso. Los usuarios que están abonados a la TUR 1 tendrán un aumento del 4,14% (0,56 euros mensuales), mientras que los que disponen de TUR 2, experimentarán un incremento del 3,87% (1,66 euros mensuales).

La TUR 1 es la tarifa que utilizan los usuarios con consumos de menos de 5.000 KWh al año (equivalente al consumo de un hogar sin calefacción), y la TUR 2 corresponde a los consumos entre 5.000 y 50.000 KWh anuales (hogares que tienen calefacción de gas).

La subida del gas natural afectará a un total de 6,5 millones de clientes.

 
Gas butano


El precio máximo de venta de la bombona de butano subirá en 40 céntimos de euro a partir de este mes de enero.

Este incremento, equivale a aplicar una subida del 3,13% sobre el precio de una bombona media de 12,5 kilogramos, que pasará de costar 12,79 euros a 13,19 euros. El precio es el resultado de aplicar la revisión automática de costes e integrar la evolución del precio de las materias primas.

Las nuevas tarifas afectarán a entre 8 y 10 millones de usuarios en España que aún usan el gas butano.



Fuente: fotocasa

lunes, 17 de enero de 2011

Consulta el precio del alquiler en tu zona

El precio de la vivienda en alquiler en España cae un 5,8% en 2010


El alquiler cae un 5,8% en 2010
El valor medio de los inmuebles de segunda mano en régimen de alquiler cierra el año con un descenso del -5,8%, según el Informe Anual de 2010 del Precio de la Vivienda en Alquiler en España, elaborado por el portal inmobiliario fotocasa.es

El año 2010 se convierte en el tercer año natural consecutivo que se cierra con caídas en el precio de la vivienda, después del -7% de 2008 y del -4,8% experimentado en 2009, según los datos del Índice Inmobiliario fotocasa.es, que recoge la evolución del precio de la vivienda en alquiler en España desde diciembre de 2006. Por lo que en definitiva, se suman ya 34 meses consecutivos con descensos en las tasas de variación anual (que comparan los precios de un mes con el mismo mes del año anterior).

Por un piso de 80 m² en España se paga un alquiler medio de 644 euros al mes
En diciembre de 2010 el precio del metro cuadrado de vivienda de segunda mano en alquiler en España se sitúa en 8,05 euros por metro cuadrado al mes (€/m2 al mes), lo que para un piso tipo de 80m² supone pagar un alquiler de 644 euros al mes. La caída acumulada de los precios desde que se registrara el valor máximo de la vivienda en régimen de alquiler España (que fue en mayo de 2007 con un valor de 10,12 €/m2 al mes) es del 20,4%, es decir, 165,6 euros al mes menos para la misma vivienda de 80m².

Durante este año ha continuado la tendencia a la baja en el precio de la vivienda a nivel nacional, aunque si se observan la evolución por CC.AA., según los datos de fotocasa.es, al cierre de 2010 y en términos de variación anual, todas las comunidades autónomas cierran el año con caídas excepto Asturias y País Vasco, que acaban el año con crecimientos del 1,1% y del 0,1% respectivamente.

Cierran el año con caídas anuales suaves, por debajo del 2%, Navarra con un -1,1%, Galicia con u -1,5% y La Rioja con un -1,8%. En cambio se han registrado los mayores descensos, por encima del 5%, en Castilla-La Mancha (-5,5%) y Madrid (-5,1%).

País Vasco, Madrid, Cataluña, Navarra y Baleares las CCAA con el alquiler más alto
Las cinco comunidades autónomas con mayor precio de la vivienda en alquiler en diciembre de 2010 son las mismas que en 2009. Se trata de País Vasco, Madrid, Cataluña, Navarra y Baleares. País Vasco, con 11,09 €/m2 al mes, se sitúa como la CC.AA. más cara para alquilar una vivienda de segunda mano en España. En cuanto al número de comunidades que superan el precio medio de España (8,05 €/m2 al mes) al cierre de 2010 asciende a cuatro, mientras que en 2009 fueron tres.

Por su parte, las CCAA con los precios más bajos en diciembre de 2010 son las mismas que lo fueron al cierre de 2009. La comunidad con el precio más económico sigue siendo Extremadura con 4,97 €/m2 al mes. Le siguen Castilla-La Mancha (5,75 €/m2 al mes), Murcia (5,88 €/m2 al mes), la Comunitat Valenciana (5,95 €/m2 al mes) y Castilla y León (6,14 €/m2 al mes).

Los diez municipios con el alquiler más caro de España en 2010:

Provincia PoblaciónDiciembre'10   (€/m²)Variación
anual
Gipúzcoa San Sebastián         12,85                -2,7%          
Barcelona Barcelona capital   12,66  -3,5%
Madrid Alcobendas 12,59  7,0%
Barcelona Castelldefels 12,11  -2,5%
Vizcaya Bilbao 12,08  4,8%
Madrid Madrid capital 11,79  -5,5%
Barcelona Sant Cugat del Vallès  11,60  -3,0%
Barcelona Sitges 11,58  -5,2%
Vizcaya Getxo 11,48  0,1%
Barcelona Gavà 11,39  -3,3%


Los diez municipios con el alquiler más barato de España en 2010:



Provincia PoblaciónDiciembre'10   (€/m²)Variación
anual
Jaén Baeza3,69              -7,3%
GranadaLas Gabias   5,03-6,4% 
A CoruñaFerrol5,031,4%
ValenciaCatarroja5,032,3%
ToledoOcaña5,09-7,8%
MurciaMolina de Segura   5,11-1%
AlicanteElche  5,140,4%
ValenciaGandía5,160,7%
OurenseOurense5,198,6%
ValenciaSagunto5,21 -4,7%



Fuente: fotocasa













































domingo, 16 de enero de 2011

Casas de Famosos: Drew Barrymore

Drew Barrymore paga más de cinco millones de euros por su nueva mansión


La actriz estadounidense Drew Barrymore, que saltó a la fama con su papel en la película E.T., ha estrenado 2011 con una nueva mansión por la que ha pagado nada más y nada menos que cinco millones de euros. La artista se ha hecho con una villa de estilo mediterráneo en el exclusivo enclave de Montecito en Santa Bárbara, en la costa oeste de EEUU, según informa el periódico Daily Mail y publica El Mundo.

Drew Barrymore
A pesar de la elevada cantidad que ha abonado por su vivienda, Barrymore ha conseguido, según este rotativo, un descuento de un millón de dólares (alrededor de 750.000 euros) en el precio final de venta de la vivienda.

Su nueva adquisición, de 12.140 m2 de superficie y 72 años de antigüedad, tiene seis dormitorios y cinco cuartos de baño y un comedor señorial, entre sus estancias principales. El inmueble cuenta además con destacadas zonas exteriores: una terraza con vistas panorámicas, una piscina de estilo romano y jardines.

La actriz compartirá vecindario con otras 'celebrities' como Oprah Winfrey, Steve Martin o Kirk Douglas.
Con esta nueva adquisición la estrella de Hollywood vivirá a caballo entre esta mansión y otra propiedad que posee en Manhattan. 



Fuente: fotocasa

sábado, 15 de enero de 2011

"En 2011 el alquiler se consolidará como una opción firme a la compra"

Redacción fotocasa.es , 14/01/2011

Luis González es analista del grupo consultor inmobiliario Aguirre Newman. En su opinión, el precio de las viviendas seguirá cayendo en 2011, lo que hará que mucha gente se decante por el alquiler como medida provisional, fundamentalmente, y en algunos casos como medida a largo plazo. Asimismo, González califica el fin de la desgravación fiscal como “barbaridad” en los tiempos que corren.

Gonzalo Bernardos
Luis González
fotocasa.es: ¿Cuál es la frase que mejor resume lo que ha supuesto el 2010 para el sector inmobiliario?
Luis González
: “La adecuación de la oferta a la demanda existente". Antes los promotores tenían la pelota en su tejado, ahora es al revés. En el mercado la oferta es muy amplia, mientras que la demanda, que existe pero no es tan grande como hace unos años, quiere comprar pero no a los precios actuales. Cuando oferta y demanda se crucen se recuperarán las ventas.    


fotocasa.es: ¿Considera que repuntarán o bajarán los precios de las viviendas en 2011?
Luis González: En el mercado residencial habría que diferenciar entre vivienda vacacional, en la que se estima que los precios bajen entre un 5 y un 10%, y primera residencia, en la que calculamos que los precios caigan entre un 5 y un 8%. En algunas zonas concretas de determinados barrios los precios podrían no bajar, pero se trataría de casos puntuales de zonas lujosas.

El fin de la desgravación fiscal es una barbaridad 
fotocasa.es: ¿Cómo evolucionará la liberación del stock del próximo año?
Luis González: Calculamos que todo lo que hay actualmente disponible se pueda liberar alrededor de 2014, ya que ahora se incorporan pocas viviendas nuevas.  

fotocasa.es:
¿Considera que las entidades financieras con sus inmobiliarias serán las protagonistas del sector en el próximo año?
Luis González: Por supuesto. Van a ser uno de los actores principales. Hay que tener en cuenta que los bancos además de tener viviendas terminadas tienen suelo, del que apenas hay demanda. Para deshacerse de estos activos inmobiliarios están llevando a cabo todo tipo de estrategias, pero les llevarán un tiempo liberarse completamente de ellos. 

fotocasa.es: ¿Valora la posibilidad de que el Gobierno dé marcha atrás en su decisión de limitar la desgravación fiscal?
Luis González: Creo que no aunque deberían hacerlo. Esta medida es una barbaridad porque sólo beneficia a las personas que tienen un salario inferior a 17.000 euros, y como es obvio, una persona que tenga ese sueldo difícilmente se podrá comprar una vivienda. Aunque el déficit sea importante deberían contenerse porque el mercado inmobiliario es uno de las principales responsables del Producto Interior Bruto de un país.

fotocasa.es: ¿Se consolidará el alquiler como una alternativa firme a la compra de vivienda?
Luis González: Sí, rotundamente. Mucha gente se compraría un piso pero como no puede comprarse la casa que quiere en el sitio que quiere al precio que puede opta por el alquiler. Ahora bien, en parte el alquiler será una medida parche, porque muchos jóvenes optarán por alquilar durante estos años de crisis y cuando puedan permitírselo, fieles a la cultura de propiedad que tenemos en España, comprarán. De todas formas, también habrá un abanico menor de gente que consolide el alquiler a largo plazo debido a la movilidad del mercado laboral. En comparación con otros países, las viviendas en régimen de alquiler en España son todavía muy pocas y es que mientras que actualmente en Alemania el parque de viviendas en alquiler es del 57%, en Holanda es del 47% y en Francia del 38%, en España apenas alcanza el 13%. Esta cifra aumentará en los próximos años.  

viernes, 14 de enero de 2011

Ipc Diciembre de 2010: 3,00 %

Logotipo Ine. Ir a página de inicioEn esta sección incluimos los IPC que se vayan publicando por el Instituto Nacional de Estadística y que nos servirá para actualizar las rentas de nuestro contrato de alquiler.


IPC DICIEMBRE DE 2010  3,00%
Confirmado: el Ipc mantiene su subida pasando al 3,00% seis decimas más que el pasado mes, su nivel más alto de los ultimos meses. En el interanual pasamos del 0,8% de diciembre del 2009 al 3,00% de este año con lo que la subida interanual se mantiene con respecto a meses pasados.
En nuestra sección de contratos y formularios puedes encontrar el modelo para la revisión de la renta.
Las intrucciones para hacer la revisión de la renta la puedes encontrar aquí.
En el siguiente enlace puedes acceder a los datos del Instituto Nacional de Estadística, e imprimir la pagina para adjuntarla a la notificación de revisión de renta que hay que hacer al inquilino con un mes de antelación al vencimiento del contrato:

Fuente: RENTALANDIA

jueves, 13 de enero de 2011

Ley de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler

La Ley de Medidas de Fomento y Agilización Procesal del Alquiler y de la Eficiencia Energética de los Edificios modifica a su vez la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la de Enjuiciamiento Civil (LEC) y la de la Propiedad Horizontal (LPH).

Los cinco puntos más importantes de la nueva reforma:


1º Reducción de plazos. Uno de los cambios es la reducción de dos meses a uno del plazo que debe transcurrir entre el momento en que el arrendador exige por requerimiento el pago de las deudas atrasadas y el momento en que puede presentar una demanda. Un acto que el inquilino podrá evitar si paga todas las mensualidades atrasadas en este periodo. De este modo, si con anterioridad de la fecha fijada para el lanzamiento se entrega la cantidad debida al demandante, se dictará auto declarando ejecutada la sentencia, a no ser que el demandante decida lo contrario.

2º Rápida ejecución del desalojo. La sentencia condenatoria será suficiente para ejecutar el desahucio en el día y hora señalados. El proyecto prevé además la posibilidad de que las partes puedan llegar a un pacto durante el proceso, de modo que el propietario puede asumir el compromiso de condonar al inquilino total o parcialmente la deuda, a cambio del desalojo voluntario del inmueble en el plazo que establezca el arrendador, que no podrá ser inferior a 15 días. No obstante, no se establece ningún plazo máximo para el desalojo voluntario, que puede prolongarse incluso a un año.

3º Proceso Juicio verbal. Todas las acciones, tanto de desahucio como de reclamación de rentas, se tramiten a través de un juicio verbal. Un procedimiento más rápido y sencillo que permitirá al Tribunal dictar sentencia más rápidas en los casos de desahucio de la finca urbana.

4º El casero no estará atado por completo a un contrato de mínimo cinco años. Mediante la modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos, se amplían los supuestos en los que no procede la prórroga obligatoria del contrato de alquiler, que tiene una duración de cinco años. El propietario puede rescindir el contrato si necesita ocupar la vivienda para uso propio, pero también para el de sus padres, hijos o cónyuge en los casos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial, siempre que así figure en el contrato.

5º Si antes de tres meses no se produjera esta ocupación, el arrendador estará obligado a reponer al arrendatario el uso de la vivienda, e indemnizarle por los gastos del desalojo. Al tiempo, en garantía de la seguridad jurídica, se prevé que tal circunstancia deberá hacerse constar expresamente en el contrato de arrendamiento inicial.





Fuente: desahucioexpress

miércoles, 12 de enero de 2011

Que hago si no me pagan el alquiler


Cuando firmamos un contrato de arrendamiento ambas partes tienen sus derechos y obligaciones. Las principales son por el propietario la entrega para su disfrute de la vivienda y para el arrendatario el pago de la renta estipulada.
En el caso de incumplimiento en el pago de la renta, esta es causa de resolución del contrato, por lo que podemos proceder a presentar demanda de desahucio por falta de pago.
Esta es la teoría desde el punto de vista del derecho, pero desgraciadamente el sistema hoy por hoy no funciona con la celeridad que se prevé en la ley por lo que un juicio de desahucio por falta de pago se puede demorar mucho en el tiempo.
Cuando se produce un impago, debemos ponernos inmediatamente en contacto con el arrendatario para ver cuál es la causa y requerirle del pago de la misma. Si se reitera el impago cuanto antes se presente la demanda mejor ya que después el juicio tardará y no hay que perder tiempo. De todas formas hay que estar en cada caso en particular y atender a las razones del arrendatario. Si vemos que hay garantías de pago es preferible negociar el pago en plazos que ir a juicio por el costo y el tiempo perdido en ello.
Fuente: RENTALANDIA

martes, 11 de enero de 2011

Cómo desmontar muebles en una mudanza


Una de las tareas más duras en una mudanza es el momento de desmontar los muebles. No sólo el esfuerzo físico, sino por el estrés que supone guardar las piezas de tal forma que cuando lleguemos a la nueva casa sepamos exactamente cómo se ha de volver a montar. Para evitar el desorden y, muchas veces, el caos, cuando se trata de volver a montar los muebles después de una mudanza, hemos recopilado estos consejos de utilidad para que tengas a mano antes de empezar a desmontar.


La primera consideración es que debes tener especial cuidado con lo tornillos, para evitar que al final del montaje sobre alguno. También debes fijarte bien en el encaje de puertas y cajones, porque en muchas ocasiones, con el paso del tiempo, ceden y se acoplan a un lugar determinado del mueble, adoptando una tendencia propia que se ha de respetar.

 
La mejor forma de evitar este tipo de problemas tan comunes, es numerar, con la ayuda de pequeños adhesivos, baldas, cajones y puertas. Para los tornillos puedes usar pequeñas bolsas de plásticos, etiquetadas según su lugar de procedencia.

También puede ser muy práctico sacar fotos del mueble antes de desmontar, para que en el momento que tengas que volverlo a montar, tengas claro cuál era su aspecto original. Aunque no está demás que, a medida que lo vas desmontando, captures también algunas imágenes para que te sea más fácil reproducir el proceso a la inversa, siguiéndolo paso a paso.

 
Por último, no olvides guardar los elementos de unión de las diferentes zonas del armario correctamente etiquetados y separados por zonas en bolsas con un cierre seguro. Guárdalas todas juntas en un recipiente de plástico que se cierre bien para evitar su apertura y poder conservar todas las piezas.





Fuente: fotocasa

lunes, 10 de enero de 2011

Consejos para una utilización correcta del gas

La Asociación Española del Gas (Sedigas) recomienda hacer un buen uso y mantenimiento de las instalaciones y los aparatos de gas, y recuerda que el titular de la instalación o, en su defecto, el usuario son los responsables de su buen funcionamiento.

 
Este control debe cumplir un doble objetivo: ser garantía de seguridad y de eficiencia energética. Es decir, no sólo es necesario para garantizar la seguridad de las personas, sino que también ayudará a conseguir unos estándares de eficiencia energética altos, con más aprovechamiento de la energía y menos coste económico, prolongando, a su vez, la vida útil de los aparatos.

Uno de los objetivos de Sedigas es promover la seguridad en las instalaciones de gas de uso doméstico. Por este motivo, está realizando contactos con las diferentes Comunidades Autónomas con el fin de lanzar campañas conjuntas para el ciudadano.


 
Control de las instalaciones

Sedigas recuerda que el consumidor debe disponer del certificado de la inspección periódica de las instalaciones receptoras, de obligado cumplimiento, cada 5 años, por parte de la empresa distribuidora. En las instalaciones con botellas de butano y propano, la obligación de inspeccionar la instalación, recae únicamente en el propietario o usuario de la misma y debe realizarse también cada 5 años.

Asimismo, la Ley contempla un mantenimiento periódico por parte del usuario de las instalaciones y aparatos domésticos que funcionan a gas. En el caso de la caldera, este mantenimiento debería hacerse una vez por temporada, siempre a través de una empresa autorizada.

La principal causa de los accidentes de gas está relacionada con el mal mantenimiento y uso de los aparato.



Fuente: fotocasa

domingo, 9 de enero de 2011

Casas de famosos: Briatore


La casa de Briatore
Esta es la casa del famoso ex director deportivo de Renault Flavio Briatore .
Cuesta 25 millones de dólares.
Tiene 417 metros cuadrados, con 4 habitaciones y 4 baños.
Se trata de una impresionante casa de lujo situada en Nueva York con unas increibles vistas, desde el East River al edificio Chrysler, otra da al Central Park hasta el puente George Washington, y el rascacielos Uptown-Midtown.Una casa de lujo sin duda.
La casa de Briatore
La casa de Briatore
La casa de Briatore
La casa de Briatore
La casa de Briatore
La casa de Briatore
La casa de Briatore
La casa de Briatore
La casa de Briatore
La casa de Briatore




La casa de Briatore 



Fuente: comprarcasas.org

viernes, 7 de enero de 2011

Consulta jurídica: embargo de la fianza

Una semana más el bufete www.blanco-abogados.es especializado en derecho inmobiliario, nos presenta una consulta jurídica relacionada con el sector.


En un juicio por desahucio el arrendatario enervó la acción y fue condenado en costas. Unos meses después voluntariamente el arrendatario abandona el local, pero la arrendadora no le devuelve la fianza.
Las costas del desahucio ya han sido tasadas y se ha despachado ejecución, pero ¿sería posible pedir el embargo de dicha fianza en la referida ejecución?

Solución:
No sería necesaria la solicitud de embargo de dicha fianza en la referida ejecución.
La fundamentación legal habría que buscarla en lo dispuesto en los artículos 1195Artículo.1195 CC  y 1196Artículo.1196 CC  CC, que disponen lo siguiente:
“Tendrá lugar la compensación cuando dos personas por derecho propio, sean recíprocamente acreedoras y deudoras la una de la otra”.
Para que proceda la compensación, es preciso:
1º) Que cada uno de los obligados lo esté principalmente, y sea a la vez acreedor principal del otro;
2º) Que ambas deudas consistan en una cantidad de dinero, o, siendo fungibles las cosas debidas, sean de la misma especie y también de la misma calidad, si ésta se hubiese designado;
 3º) Que las dos deudas estén vencidas;
4º) Que sean líquidas y exigibles; y
5º) Que sobre ninguna de ellas haya retención o contienda promovida por terceras personas y notificada oportunamente al deudor”.
Por lo demás, el artículo 1202Artículo.1202 CC  CC dispone que “el efecto de la compensación es extinguir una y otra deuda en la cantidad concurrente, aunque no tengan conocimiento de ella los acreedores y deudores”.
En tal sentido, lo más adecuada es enviar un escrito al Juzgado que esté conociendo del asunto comunicando la reducción o extinción de la deuda por compensación, y que sea la otra parte, si no está de acuerdo, la que reclame judicialmente la devolución de la fianza.

Fuente: RENTALANDIA

miércoles, 5 de enero de 2011

Cómo evitar fraudes con el alquiler

Uno de los propósitos más populares de año nuevo es independizarse o cambiar de casa, y ahora que el alquiler es una opción en alza se convertirá inevitablemente en la elección de mucha gente. Sin embargo, hay que andarse con cuidado, pues la crisis ha agudizado el ingenio de algunos estafadores, que aprovechan cualquier ocasión para hacerse con un dinero extra. En fotocasa.es te proponemos cinco puntos esenciales en los que hay que hacer hincapié para evitar fraudes con el alquiler.

Evita los fraudes en el alquiler
En primer lugar, cuando localices un piso de tu interés en un portal inmobiliario consulta el precio de otras viviendas de similares características en el mismo barrio o consulta la pestaña ‘Precio por zona’ que ofrece fotocasa.es, y en la que podrás encontrar el precio medio de las viviendas en venta y alquiler en diferentes municipios de España. De esta forma podrás hacerte una idea del valor que debería tener la vivienda que te interesa.

Asimismo, cierra el trato con el propietario. Uno de los casos más típicos de fraude se da cuando el falso arrendador alega encontrarse en el extranjero y, por este motivo, no puede mostrar el piso. Una forma de evitar esto es consultar en el Registro de la Propiedad si la persona que alquila es piso es la verdadera propietaria. Puedes hacer esto a través de un sencillo trámite por internet pidiendo una nota simple, que proporciona información breve y concisa, en soporte papel, sobre la situación jurídica de una finca (breve descripción, propietario y cargas, si las hubiera). Pide aquí una nota simple.
Consulta en el Registro de la Propiedad, a través de una nota simple, quién es el propietario de la vivienda 


Además, siempre que cierres un trato con alguien tiene que quedar constancia por escrito. Es decir, no te fíes de los acuerdos de voz porque en el caso de que surgiera algún problema no se podrían demostrar las condiciones pactadas ni el incumplimiento del contrato.

En cuarto lugar, no entregues ningún dinero antes de visitar el piso. En algunos casos, el supuesto estafador muestra mucha prisa en alquilar la vivienda argumentando que tiene muchos inquilinos interesados en ella, por eso pide un adelanto antes de que se visite el piso. En otros casos, el inquilino que ha adelantado el dinero se encuentra una vez ha alquilado el piso con que éste no está en las condiciones que pensaba o no se encuentra amueblado como creía.

Finalmente, conoce tus derechos. Aunque parezca un detalle insignificante en ocasiones se han dado circunstancias en las que un inquilino ha alquilado una vivienda en comunidad con piscina pero sin tener derecho a ella. Es importante que en el contrato conste específicamente cuáles son tus derechos.



Fuente: fotocasa

lunes, 3 de enero de 2011

El alquiler de vivienda gana adeptos ante la caída de precios de venta

un porcentaje superior a la media histórica se ha decantado por el alquiler en 2010 

Que en 2020 haya un 20% de los hogares viviendo de alquiler. Ése es el objetivo que han puesto este año los responsables del antiguo ministerio de vivienda y actualmente secretaría de estado de vivienda. actualmente hay un 13% de la población viviendo de alquiler, así que aunque la tendencia es al alza, el objetivo es ambicioso. Y es que con el precio de la vivienda bajando mes a mes y evaporando patrimonio del bolsillo de muchos ciudadanos, la frase "alquilar es tirar el dinero" tiene cada vez menos adeptos.


España sigue siendo un país de compradores, pero las autoridades quieren que cada vez lo sea menos. En la eurozona, el 36% del parque residencial está en alquiler. En España este porcentaje se reduce al 13%, es decir, más de un 85% de los hogares que residen en viviendas de propiedad. En el otro extremo destaca Alemania con el 57% de su parque residencial destinado al alquiler, seguida por Holanda con un 47%, Francia con un 38% o el Reino Unido con un 32%.
Para intentar dar un acelerón el gobierno incluso ha cambiado la fiscalidad del alquiler, equiparándola a la de la compra a partir de 2011. Con el fin de impulsar el alquiler de viviendas, que incluso el banco de españa ha dicho que es básico para reducir el paro, el ejecutivo ha puesto en marcha también la sociedad pública del alquiler (spa), la renta básica de emancipación para jóvenes, la ley de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler; la rebaja de la fiscalidad en el iva del alquiler con opción a compra, o la equiparación fiscal de la compra y el alquiler en el irpf

PRECIOS

Tras el convulso 2009, cuando los precios de los alquileres bajaron de forma generalizada e incluso abultada, 2010 ha sido un año de mayor tranquilidad. Según los informes de precios de alquiler de idealista.com, lejos han quedado los recortes de más del 10% en las rentas que vivieron el pasado ejercicio castellón, zaragoza, barcelona y valencia, zonas que este año han visto estabilizaciones de precios y/o descensos muy moderados
La demanda de alquiler sigue siendo destacada y las vivienda a vuelos precios y bien situadas vuelan de la base de datos de idealista.com tras pocos días en el mercado. sin embargo, hay otras que permanecen meses en el mercado porque no se acercan a la pretensiones de la demanda. Los aún altos precios de venta desplazar a muchos ciudadanos (especialmente jóvenes) al mercado del alquiler. además, la sensación de que la vivienda va a seguir cayendo de precio es otro motivo para que muchos sigan esperando una estabilización de precios para comprar y no perder dinero

¿es rentable alquilar una casa?

comprar para alquilar siempre ha sido un negocio elegido por algunos, sin embargo con los números en la mano no es actualmente muy rentable. la burbuja inmobiliaria disparó los precios de compra de las casas, mientras que los alquileres subieron más despacio. así, la rentabilidad bruta que se obtiene por alquilar una casa en españa está por debajo del 4% (dato que se calcula dividiendo el precio de venta entre la anualidad de vivir en alquiler)
a esa rentabilidad hay que descontarle los numerosos gastos e impuestos que tiene una vivienda, lo que hace más atractivo en un entorno de precios a la baja , invertir en activos más seguros, como por ejemplo puede ser un depósito de alta rentabilidad o un bono del estado que actualmente dan rendimientos mayores. este dato también es muy inferior al de otras ciudades europeas como amsterdam (5%), bruselas (5,3%), berlín (4,4%) o lisboa (4,7%), según global property guide

Fuente: idealista

domingo, 2 de enero de 2011

Belén Esteban muestra su nueva casa en Lecturas

Os traemos la nueva casa que se ha comprado la popular Belén Esteban en Paracuellos del Jarama a las afueras de Madrid, y que ahora ha desvelado en su interior para la revista Lecturas.

La siempre polémica colaboradora de “Sálvame” y fenómeno mediático ha pasado de vivir en el barrio de San Blas, a hacerlo en una pequeña urbanización donde tiene ahora una casa de dos plantas y en la que vive junto a su hija, Andrea y su marido Fran Álvarez.
En el reportaje publicado por la revista Lecturas esta pasada semana, puede verse como aprovechando la Navidad, Belén Esteban ha abierto las puertas de su casa en la que parece ser que toda la decoración ha corrido a cuenta de la propia Esteban, es decir, que ha sido ella la que ha elegido todo lo que puede verse en las imágenes y que por motivos de derechos no podemos reproducir.
A continuación os dejo unas cuantas fotos, las que se han podido ver, de la nueva casa de Belén Esteban: